Guía de registro de marcas en la República Dominicana

El registro de marcas en República Dominicana sigue los principios de «ser el primero en ser registrado», lo que exige la clasificación, el examen y la posible oposición, con una opción de renovación de 10 años
April 13, 2024
Rodolfo Mesa Chavez
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En la República Dominicana, ser el primero en llegar, el primero en la ley, significa que el primero en obtener el registro de una marca será el primero en adquirir derechos de uso exclusivo sobre ella. En consecuencia, el registro es obligatorio para reclamar los derechos exclusivos sobre una marca en particular.

La Oficina Nacional de Propiedad Intelectual (ONAPI, por sus siglas en español), al evaluar las solicitudes de registro, dará preferencia a aquellos solicitantes que hayan estado utilizando la marca en el país.

Es posible presentar una solicitud en nombre de varias personas.

Tipos de marca

La normativa local reconoce los siguientes como principales tipos de marcas: de palabra, mixtas, figurativas, tridimensionales, sonoras y olfativas.

Las marcas denominativas estilizadas se componen únicamente de letras. Las marcas figurativas consisten en un dibujo, figura o signo y no contienen letras. Las marcas mixtas son una combinación de figuras y letras.

En el caso de marcas mixtas, figurativas y tridimensionales, deberán adjuntarse a la solicitud 5 reproducciones de las marcas con un tamaño de 15 x 15 cm.

Las letras, los números, los monogramas, las figuras, los retratos, las etiquetas, las líneas y las bandas y sus combinaciones, así como los sonidos y los olores, pueden registrarse como marcas comerciales.

Clasificación

Los productos o servicios que se van a proteger deben clasificarse de acuerdo con la undécima versión de la Clasificación de Niza.

Una solicitud de registro de marca puede abarcar todos los productos o servicios de una clase, pero debe tenerse en cuenta que esto aumenta el riesgo de que el regulador formule observaciones.

Es posible presentar una solicitud de registro que incluya más de una clase, lo que se conoce como registros multiclase.

Requerimientos

Los solicitantes que residen en el extranjero requieren que un representante local presente la solicitud de registro. La presentación de un poder notarial o autorización es obligatoria.

Toda solicitud de marca requiere una dirección física en República Dominicana.

Para presentar una solicitud de registro, el solicitante debe proporcionar la siguiente información: nombre, dirección, descripción de la marca, lista de productos y servicios, color (es) que deben protegerse, clase internacional.

La solicitud debe indicar la clasificación internacional a la que pertenece la marca, así como los productos o servicios que se van a proteger.

La firma del solicitante y el pago de la cuota de inscripción.

Utilice

Una marca puede registrarse sin haber sido utilizada en República Dominicana. La normativa local no exige una prueba de uso o de uso previsto.

El uso solo es necesario después del registro.

Las marcas comerciales que no se hayan utilizado sin una causa justificada durante un período consecutivo de 3 años después de su registro pueden cancelarse.

El reglamento permite renunciar al derecho de uso exclusivo de una o más palabras de la marca que se va a registrar.

Colores

El reglamento protege los colores del diseño como parte de las características de las marcas.

Prioridad

Los solicitantes de países que tienen tratados vinculantes con la República Dominicana pueden solicitar el beneficio del derecho de prioridad. El derecho de prioridad debe reclamarse en un plazo de 6 meses a partir de la fecha de la primera solicitud.

Traducción

Es posible incluir dentro de la protección una traducción de la marca a un idioma que no sea el español.

Procedimiento

Examen de la forma y el contenido: en un plazo de 15 días a partir de la presentación de la solicitud, la Oficina de Marcas lleva a cabo una revisión formal y sustantiva de la solicitud emitiendo una decisión de aprobación u oponiéndose al registro.

Publicación: Si se aprueba la solicitud, el solicitante debe pagar la tarifa de publicación. Esta publicación se realiza cada dos semanas en un periódico de cobertura nacional.

Oposición: La Oficina de Marcas emite una acción de objeción, a la que el solicitante debe responder en un plazo de 30 días a partir de la notificación.

Los terceros que se sientan afectados por una solicitud de registro tienen 45 días después de la publicación para presentar una oposición ante la Oficina de Marcas.

Las oposiciones a las solicitudes de registro de marcas se notifican al solicitante, quien tiene 30 días para presentar sus argumentos. Es posible obtener una prórroga de este plazo.

Las oposiciones son conocidas por el departamento legal de la ONAPI. La respuesta de la ONAPI tarda de 3 a 6 meses.

Certificado de registro: Si el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y sustantivos y no ha recibido ninguna objeción por parte de un tercero, la ONAPI emitirá el certificado de registro, que tiene una validez de 10 años.

Si no hay oposición de un tercero, el proceso de registro dura aproximadamente 4 meses.

Renovación

La marca puede renovarse por períodos sucesivos de 10 años, a más tardar seis (6) meses antes de su fecha de vencimiento o seis (6) años después, pero en este último caso pagaría la tarifa más un cargo adicional.

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