Requisitos para optar por la ciudadanía dominicana por inversión

Explicamos cómo obtener la ciudadanía de la República Dominicana a través de la inversión
April 13, 2024
Rodolfo Mesa Chavez
← Back to all posts

La siguiente lista de requisitos se basa en la información proporcionada por el Ministerio del Interior. El Ministerio revisa esta lista de forma discrecional.

  1. Solicitud de naturalización por inversión, preparada por el MIP.
  2. Solicitud de instancia (CARTA) dirigida al Poder Ejecutivo, a través del Ministro del Interior y Policía.
  3. Cinco fotografías frontales a color recientes de 2 × 2, si la persona interesada es un hombre, debe ser recortada y afeitada.
  4. Copia en color del permiso de residencia por inversión, con un mínimo de seis (6) meses (en vigor).
  5. Certificado de ausencia de antecedentes judiciales emitido por la Procuraduría General de la República, con una validez mínima de tres (3) meses.
  6. Certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por la autoridad o institución del país de procedencia debidamente apostillado o legalizado, con una validez de al menos tres (3) meses.
  7. Certificado de Buena Conducta, emitido por el funcionario autorizado del país de última residencia donde haya permanecido por más de cinco (5) años, debidamente traducido al español, si es necesario y legalizado en el Consulado Dominicano correspondiente o en la sede en la República Dominicana del Consulado del país de origen del solicitante o de la entidad oficial autorizada para estos fines. Además, un certificado de buena conducta emitido por la Fiscalía del Distrito Judicial correspondiente o por la Policía Nacional de la República Dominicana.
  8. ORIGINAL del certificado de nacimiento debidamente apostillado (formalidad requerida para certificar la autenticidad de la firma, la calidad con la que ha actuado el firmante del documento y, si procede, la identidad del sello o sello que cubre el documento), de conformidad con la Convención de la Haya de fecha 05/10/1961. Con una validez mínima de seis (6) meses. En caso de que el país de origen de la parte interesada no sea signatario de dicho acuerdo, el acto debe estar legalizado (certificado o nota con firma y sello que acredite la autenticidad del documento o firma), en el Consulado o Embajada Dominicana acreditada en el país de origen de la parte interesada y en el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana. En el caso de que el documento esté en un idioma que no sea el español, debe ser traducido por un traductor judicial y legalizado por el Fiscal General de la República.
  9. Copia en color de las tres primeras páginas del pasaporte del solicitante.
  10. Copia de todos los documentos de creación de la sociedad mercantil, debidamente registrados y legalizados, en la Dirección General de Impuestos Internos y en la Cámara de Comercio de la República Dominicana.
  11. Copia de los títulos de propiedad de los edificios y una certificación de cargas y gravámenes de los mismos expedida por registro de títulos (indispensable).
  12. Copia de la matrícula del vehículo.
  13. Carta bancaria.
  14. Copias a color de la cédula de identidad.
  15. Carta de garantía notariada y legalizada en la Procuraduría General de la República, respaldada por una persona de origen dominicano, con solvencia económica, en la que se declara responsable de los gastos morales, económicos, de manutención y repatriación, si los hubiera, con el solicitante. Esta declaración debe indicar los datos de la propiedad y del vehículo que pone en garantía. Si el garante está casado, debe presentar la autorización de la esposa, junto con una copia de su cédula de identidad y de los testigos que comparezcan en el acto. Además de:
  16. A) Copia en color de los documentos del garante y del testigo (si corresponde).
  17. B) Copia del título de propiedad
  18. C) Copia de la matrícula del vehículo
  19. D) Tarjeta bancaria
  20. Certificaciones actualizadas emitidas por la Dirección General de Migración que indiquen la situación del solicitante, el tiempo que ha residido en la República Dominicana y que ha depositado una carta de garantía en esa Dirección.
  21. Declaración jurada con tres (3) testigos de origen dominicanos, donde la parte interesada establece su domicilio en la República Dominicana, hecha por un notario público en la República Dominicana y debidamente legalizada en la Oficina del Fiscal General de la República. Adjunte una copia de los documentos de identidad y electorales de los testigos que comparezcan en el acto.
  22. Comprobante del Registro de Inversiones Extranjeras emitido por C. E. I.-R.D.
  23. Copia del pasaporte completo con una validez mínima de un año.
  24. Certificación expedida por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación (C.N.Z.F.E.) en el caso de empresas establecidas bajo el régimen de zonas francas.
  25. En los casos en que el interesado esté tramitando la inversión y aún no cuente con las certificaciones correspondientes, el MIP admitirá como prueba el acuse de recibo de la solicitud y el depósito de los documentos requeridos para el registro de la inversión emitidos por la institución correspondiente.
  26. Acreditación del banco depositario, en el caso de inversiones realizadas en instrumentos financieros.
  27. En el caso de un Proyecto de Inversión Designado, el solicitante debe presentar un certificado que avale el proyecto, emitido por el Poder Ejecutivo, a través de C.E.I.-R.D., o C.N.Z.F.E., según corresponda.
  28. En los casos previstos en el artículo 33, párrafo 1, de la Ley General de Migración 285-04, la empresa contratante acreditará que el interesado es una persona con las calificaciones exigidas por la ley cuya especialidad no cumplen los técnicos de los países. En tal caso, deberá presentar, además de los documentos indicados anteriormente, una copia del contrato de trabajo.
  29. En el caso previsto en el párrafo anterior, la empresa contratante será garante del contratista, mediante acto notarial en el que garantiza moral y económicamente y se compromete a cubrir los gastos de devolución, si fuera necesario.
  30. La solicitud puede incluir a los cónyuges y familiares directos del solicitante. Para incluir a los familiares, el interesado debe presentar la documentación del vínculo familiar, según sea el caso. En el momento de solicitar el permiso de residencia, los familiares deberán presentar los documentos mencionados en los puntos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de estos requisitos. En el caso de menores de dieciocho (18) años, no se exigen los requisitos de los números 5, 6 y 7.
  31. En el caso de las empresas que estén amparadas por las Leyes de Incentivos o las empresas contratadas por el Poder Ejecutivo, deberán depositar el original de la aprobación del Poder Ejecutivo o del decreto que las autoriza a operar, o la resolución interna de la institución estatal con la que se lleve a cabo el proyecto o la aprobación del Congreso Nacional del contrato de servicio o del acuerdo de financiamiento, siempre que dicha aprobación mencione el proyecto y las partes intervinientes. Solo necesita una única certificación o comprobante en original para cada empresa.
  32. En caso de que el solicitante sea accionista de la empresa, también debe presentar una Ley del Consejo de Administración de la empresa en original, debidamente notariada y refrendada en la Oficina del Fiscal General de la República Dominicana, o registrada en la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, donde especifique su condición de accionista de la empresa.
  33. Si el solicitante es un empleado de la empresa, debe presentar un original del contrato laboral registrado en el Ministerio de Trabajo o una carta de certificación de empleo de la empresa receptora, notariada y respaldada por la Oficina del Fiscal General de la República Dominicana, especificando la información general del empleado, el puesto que desempeñará en la empresa, la fecha de ingreso a la empresa, el salario devengado además de la carta de garantía de la empresa responsable del pago de la repatriación cargos si es necesario, notariados y avalado por la Procuraduría General de la República. Del mismo modo en los casos de dependientes (esposa) e hijos. Además, la empresa debe enviar un poder de representación que autorice al ejecutivo a firmar estas comunicaciones en nombre de la misma.
  34. En caso de contratos o cartas de nombramiento del extranjero, deben estar debidamente traducidas al español, si es necesario y legalizadas en el Consulado Dominicano correspondiente o en la sede de República Dominicana del Consulado de origen del solicitante y de Relaciones Exteriores.
  35. Si el solicitante es un empleado económico, un empleado doméstico, un tutor, una línea de crédito directa o un hijo mayor de 18 años del beneficiario, debe añadirse una carta de garantía en la que el garante (beneficiario del programa) sea el garante (beneficiario del programa) de la dependencia económica del solicitante de la residencia, y especificar que se hace cargo de los gastos de manutención y repatriación si es necesario.
  36. Si la solicitud incluye al cónyuge y/o hijos menores, también se deben presentar los siguientes documentos: certificado de matrimonio original o copia certificada por la embajada correspondiente y el Ministerio de Relaciones Exteriores, además de los mencionados en los párrafos 1, 2, 3, 4, 6, 7 y 12 de los presentes requisitos, en el caso de personas menores de 18 años, no se requieren los requisitos de los párrafos 5, 6 y 7.

En los casos de pensiones extranjeras, jubilados o inquilinos, también deben:

  1. Deben depositar el documento financiero de la institución de la que provienen los fondos acumulados, tal como se especifica en la Ley 171-07, en su artículo 1, certificado por la Embajada Dominicana en el país de origen con sede en la República Dominicana o certificado por el Departamento de Legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana.
  2. El monto mínimo de los ingresos del pensionado es de 1.500 dólares estadounidenses o su equivalente en pesos, y el del arrendatario de 2 000 dólares estadounidenses o su equivalente en pesos dominicanos.
  3. Para cada dependiente definido en el artículo 5 de la Ley 171-07, aplicado conjuntamente con el solicitante principal, se requerirá un ingreso mensual adicional correspondiente a la suma de doscientos cincuenta dólares estadounidenses (250,00 dólares estadounidenses).
  4. Copia, con el original a la vista, de los últimos seis movimientos y estados financieros de la cuenta registrada en una institución nacional en la que se reciben los ingresos.
  5. Demuestre que el dinero recibido por ingresos se consume realmente en territorio dominicano, para lo cual el interesado debe proporcionar la prueba correspondiente, cuya admisión la autoridad migratoria dominicana se reserva el derecho de evaluar, cualquier documento que tienda a demostrarlo, tales como: copias del estado de la tarjeta de crédito, contrato de alquiler de vivienda, pago como servicios educativos para hijos dependientes, agua, electricidad, teléfono y cualquier otro tipo de comprobante de la inversión de los ingresos del interesado en la República Dominicana.
  6. En caso de tener Pensiones, los solicitantes deben presentar una certificación del gobierno, organismo oficial o empresa privada de origen extranjero donde prestaron sus servicios, debidamente traducida al español por un intérprete judicial, legalizada por el consulado dominicano del país de origen del documento. Dicha certificación debe contener los datos generales del solicitante, el tiempo que permaneció en la empresa, el cargo desempeñado y el monto recibido en concepto de pensión.
  7. En caso de ser arrendatario, deberán demostrar que disfrutan de ingresos permanentes y estables generados o que vienen al extranjero, por un período no inferior a cinco años, mediante una copia del contrato de alquiler debidamente traducida al español por un intérprete judicial, legalizado por el Consulado Dominicano del país de origen del documento. Asimismo, deberán presentar el recibo del ingreso de las divisas al país, mediante copia del cheque (s) de transferencia de la (s) entidad (es) financiera (es) establecida (s) en el extranjero.
  8. En el caso de que el interesado haya obtenido otra nacionalidad distinta a la de origen debe adjuntar un historial resumido de la misma.
  9. En el caso de que el interesado haya obtenido un cambio de nombre, debe depositar el acta donde se autorice el cambio de nombre, apostillado y traducido al español si es en otro idioma.
  10. Cinco (5) juegos de copias de todos los documentos anteriores.

NOTA: EL INTERESADO DEBE ACUDIR A UNA ENTREVISTA QUE SE REALIZARÁ EN EL IDIOMA OFICIAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 29 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA, UNA SEMANA DESPUÉS DE HABER DEPOSITADO TODOS LOS REQUISITOS ANTERIORES, QUE DEBEN ESTAR DEBIDAMENTE LEGALIZADOS, ORGANIZADOS COMO TALES Y DEBE TRAER EL PASAPORTE AL MOMENTO DE LA ENTREVISTA.

← Back to all posts